viernes, 16 de enero de 2009

MARTES 13 PARA NUESTROS BOSQUES

Resulta más que repugnante ver como los intereses económicos y políticos pueden inclinar la balanza a favor de ciertos grupos (privilegiándolos), tal como ha sucedido el martes 13 de enero/2009, pasando a la historia el hecho de que el actual gobierno, los congresistas apristas, más el bloque fujimorista y el de Unidad Nacional, se han coludido para aprobar el Proyecto de Ley 2958, que modifica el cuestionadísimo Decreto Ley 1090 (nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre) con TANTA PRISA, con tan POCA TRANSPARENCIA y SIN el DEBATE técnico y político que ésta ameritaba; NO siguiendo el trámite normal para su presentación al Congreso de la República, acompañado de una solicitud con "carácter de URGENTE" firmado por el Presidente de la República y el actual Premier Simon, fue ingresado al Área de Trámite Documentario el pasado viernes 8 de enero.

Crónica de una Ley Forestal a trancazos

El Gobierno se ha hecho de oídos sordos frente a los pedidos de Derogatoria del Decreto Ley 1090, que en su momento las Comunidades Nativas, los Pobladores Amazónicos, la Defensoría del Pueblo, el Capítulo de Ingenieros Forestales de Lima y de Huancayo, la Facultad de Ciencias Forestales de la Molina, los Gobiernos Regionales, la Iglesia Católica y algunas ONGs, les alcanzaron.
A fin de calmar los ánimos, el Gobierno crea una Mesa de Diálogo, integrada por Congresistas y Representantes de los Pueblos de la Amazonía, para analizar 5 DLs que fueron cuestionados y que formaban parte un paquete de 99 normas promulgadas por el Ejecutivo, bajo las facultades otorgadas para la implementación del TLC con EE.UU; entre éstas 5 normas, se encuentra el DL1090 .
Ésta Mesa de Diálogo, emitió su informe, pero, su presidente (congresista Vargas) no cumplió con presentarla ante el Presidente del Congreso de la República......... será acaso porque éste SOLICITABA la DEROGATORIA de todos los DLs por ser inconstitucionales, y para el caso de forestales, por poner en riesgo la permanencia de nuestros bosques?.
Frente a esto la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso de la República, aprobó por mayoría el PL2691, como una alternativa de Ley Forestal y de Fauna Silvestre, GARANTIZANDO la permanencia de nuestros bosques y el acceso a todos los peruanos en Equidad y Democracia; plantea una firme política contra la tala y comercio ilegal de especies maderables, otorga a las autoridades regionales las competencias sobre la administración y control de los recursos naturales, propugna la creación del Vice Ministerio Forestal, plantea un Ordenamiento Territorial Forestal, un claro y apropiado Catastro y la Zonificación Ecológica Económica; al CONAFOR como la instancia encargada de la concertación de la Política Forestal Nacional y además, plantea algo sumamente importante, que la toma de decisiones sea en base a Criterios Técnicos, Científicos, Sociales y Culturales.
Este Proyecto, cuenta con la consulta directa a todos los actores principales del sector forestal en diferentes reuniones descentralizadas llevadas a cabo en provincia e incorpora los aportes recogidos en ellas, así como las emitidas vía internet a la página web del Congreso peruano.
El Proyecto 2691, debió seguir el trámite documentario normal para su debate y aprobación en el Pleno del Congreso, pero dadas las "prisas" y el espíritu anti-democrático mostrado por el Gobierno, se presentó "entre gallos y media noche" la Modificatoria contenida en el PL2958, permitiendo que ahora tengamos una Ley Forestal y Fauna Silvestre que podría provocar, lamentablemente, levantamientos sociales en el corto plazo, así como estaría poniendo en riesgo la implementación del TLC con EE.UU al no estar cumpliendo con varios acuerdos suscritos en la Adenda Forestal y perjudicando más al sector textíl, agroexportador,minero,etc.

Puntos negativos del DL1090

Ésta nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre, no es promotora, no define quienes serán los encargados de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre, la Zonificación se realizará con información desfasada al no considerar el uso y ocupación actual de los bosques, continuándose con las sobre posiciones en el otorgamiento de las concesiones y los consiguientes conflictos sociales; las plantaciones forestales son las únicas que se beneficiarían con un régimen promocional, más no las otras modalidades de aprovechamiento del recurso forestal; incorpora el término "adquisición de buena fe", pero no especifica a dónde irá lo incautado; la ejecución de las actividades de administración y control será através de "personas jurídicas especializadas"....... como cuáles?, quién determinará si son especializadas?.........etc,etc .

A pesar de que hay muchos puntos más por mencionar (se continuará en una segunda parte), hay que resaltar dos, que a mi entender son peligrosísimos:
a.- Art. 9, numeral c : Incorporación de la "iniciativa privada" como una nueva modalidad de acceso al bosque que "operará a solicitud de parte"........ seguramente que éstas ya estarán con solicitud en mano en la puerta del ex-INRENA, a la espera del momento oportuno de su presentación.
b.- Artc. 6: Cambio de uso de las tierras cuando sean de "interés nacional"....... qué significa esto a nivel político,económico, social y ambiental?. Acaso este término será utilizado a discrecionalidad por el gobierno de turno para "atraer más inversiones"??.

Algunos cuestionamientos

Acaso el Poder Ejecutivo y Legislativo, que estuvieron tan apurados en aprobar el DL1090 y su actual Reglamento; han pensado en que nuestro país es un Estado de Naciones y que ellas tienen derecho a su soberanía?.

Dónde quedan el manejo y la conservación de los bosques peruanos?

Por qué tanto "interés nacional" por favorecer el cambio de uso de las tierras forestales, sin tomar en cuenta que son parte del Patrimonio Nacional Forestal?

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