viernes, 25 de abril de 2008

Nuevo Cupo de Exportación de Caoba

Mediante Resolución Jefatural Nº097-2008-INRENA, de fecha 14 de Abril de 2008 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de Abri de 2008, se modifica el Cupo de Exportación de Caoba de 755 árboles a 715.
Luego de un análisis del contenido de la misma, he encontrado que se están utilizando criterios errados como fundamento para la modificación del cupo 2008, tales como :En la referida Resolución Jefatural, en la parte considerativa se declara, que con fecha 18 de enero del 2008 se recibión una "carta" de la Autoridad Científica CITES (UNALM) en materia forestal, en la que se recomienda que la cuota máxima exportable no sea mayor a 755 árboles; por tanto aquí hay que aclarar dos cosa:
a.- Una carta NO puede considerarse como un dictámen de no extracción perjudicial.
b.- La Autoridad Científica CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestres), se pronuncia sólo en base al número de árboles, pero no sobre el volúmen en m3 de madera exportable de Caoba.El 52% de rendimiento de troza a madera aserrada para todo uso, NO puede ser igual que el rendimeinto de madera para exportación, todos los que vemos la parte industrial sabemos que para exportar debemos clasificar la madera, por tanto el INRENA está asumiendo que ambos rendimientos son iguales o equivalentes, lo cual asombra muchísimo dado que el actual Intendente Forestal es ingeniero forestal y como tal, éstas diferencias las debería de tener muy claras. Por ello en aras a la transparencia ésta institución debería hacer público el Informe Nº 119-2008-INRENA-IFFS-DCB, para poder saber cuáles son las consideraciones técnicas que sirvieron de sustento para dicha modificación, así como también mostrar las recomendaciones de la Autoridad Científica CITES de fecha 18/01/08.En el Cuadro Nº 01 de la RJ Nº 075-2008-INRENA, se consignan para el caso de 09 concesiones y/o permisos el volumen de fuste a troza con un rendimiento del 71% ( es decir el 29% es madera no apta para la industria), observándose que en ambas columnas figuran el 100% del volumen de madera del fuste. Cómo se explica esto?En el mismo cuadro, se observa que las ramas tienen el mismo tratamiento que el de la troza, es decir se establece el descuento del 29% y el rendimiento en el aserrío del 52%. Qué sustento técnico tienen ambos porcentajes para su aplicación?. Es posible que una rama sea considerada tan igual que un fuste o una troza?Aquí, hay pués claras evidencias de que no se está manejando el tema Caoba con criterios técnicos-científicos, es por ello que en la Reunión de este año del Comité Flora-CITES, el Perú ha sido incluido en el Proceso de Comercio Significativo, en dicha reunión la presidenta del Comité Flora, destaca como problemático el caso de Perú, lo cual quiere decir que NO se está aprovechando sosteniblemente la Caoba, nos estamos tapando los ojos o lavando las manos para no chocar con los intereses de los amigos exportadores; igual cosa o talvés peor está pasando con nuestro Cedro, Shihuahuaco, Estoraque, Quinilla y otras especies que se están talando ilegalmente, sin reparar en el tremendo daño ecológico que estamos permitiendo se realice en aras de la balanza comercial !!.

No hay comentarios: